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Marlaska llama a definir en la UE el concepto tercer país de retorno…

    MADRID, 21 May. (EUROPA PRESS) –

   El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha propuesto definir «de manera precisa» el concepto de tercer país de retorno en el Reglamento de Retorno presentado por la Comisión Europea, «con el fin de establecer garantías suficientes para lograr un retorno sostenible y seguro».

   «Habría que definir de manera precisa el concepto de tercer país de retorno que también se utiliza en la propuesta. Es necesario también determinar de manera clara los condicionantes de los acuerdos que deben establecerse con estos terceros países, así como su vinculación con los centros de tránsito de retorno, que todavía, y para nosotros, plantean muchas dudas desde el punto de vista jurídico, humano, operativo y económico», ha subrayado este miércoles en el Congreso.

   Así se ha pronunciado en respuesta a una petición de comparecencia del Partido Popular sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un sistema común de retorno de nacionales de terceros países que se encuentran en la Unión Europea de forma irregular.

   Según ha recordado el ministro del Interior, este Reglamento es una propuesta adoptada formalmente por la Comisión Europea muy recientemente, el 11 de marzo de 2025, y corresponde ahora al Parlamento Europeo y al Consejo llegar a un acuerdo sobre la misma para hacerla efectiva, por lo que es una propuesta «abierta al debate».

   Sobre el contenido, Marlaska ha precisado que el objetivo es lograr un sistema de retorno común para toda la Unión Europea «más eficaz y coherente» que «armonice y coordine los sistemas de retorno de los Estados miembros y permita al mismo tiempo cierto grado de flexibilidad en la aplicación nacional de la normativa europea».

   Además, ha aclarado que el nuevo reglamento constituye un elemento clave para complementar el Pacto sobre Migración y Asilo, que entrará en vigor a mediados de 2026, con el que se persigue gestionar la migración «de manera justa y sostenible, garantizando la solidaridad y el reparto equitativo de responsabilidades entre los Estados Miembros y protegiendo los derechos fundamentales».

   Precisamente, Marlaska ha añadido que el reglamento de retorno trata de complementar este pacto y ha agregado que, dado que en el marco del Pacto sobre Migración y Asilo las solicitudes de asilo se tramitarán «de forma más rápida y eficiente, los retornos también deberían producirse con prontitud, eficacia y garantías en toda la Unión Europea».

   En concreto, según ha indicado, se busca «aumentar la eficacia y la eficiencia» del proceso de retorno, proporcionando a los Estados Miembros normas «claras, simplificadas y comunes»; asegurar la cooperación de los nacionales de terceros países con las autoridades; evitar la elusión de las normas y la circulación no autorizada dentro del espacio Schengen, y garantizar los derechos fundamentales en todas las fases de los procesos de retorno, ya sean voluntarios o forzosos.

   Entre las novedades, ha detallado que se aplica a las personas nacionales de terceros países que se encuentren en situación irregular en un Estado Miembro. Si bien, ha precisado que mantiene supuestos como las denegaciones de entrada o las interceptaciones en frontera, vigentes en la actualidad.

   Para fomentar la eficacia de los procesos y desarrollar un sistema verdaderamente europeo, Marlaska ha destacado que se propone, por ejemplo, la creación de una Orden de Retorno Europea común en la que los Estados Miembros incluirán la información relativa a sus decisiones.

UN MECANISMO ÁGIL Y OBLIGATORIO

   Así, se establece, según el ministro, «un mecanismo ágil» de reconocimiento mutuo entre países, que permitirá ejecutar las decisiones de retorno nacionales en cualquier Estado Miembro. «En este punto, creemos que ese reconocimiento mutuo debería ser extremadamente ágil y obligatorio», ha puntualizado.

   Al mismo tiempo, ha destacado que el reglamento también determina y establece garantías para los derechos de las personas de terceros países que deben ser retornadas: derecho a información, a recurso efectivo, a asesoramiento para el retorno, a asistencia jurídica y a representación. De manera paralela, ha subrayado que se fijan las obligaciones de las personas que van a ser retornadas, referidas fundamentalmente a la disponibilidad y la cooperación con las autoridades.

   Igualmente, según ha añadido, se establecen las consecuencias derivadas del incumplimiento de estas obligaciones, los mecanismos para prevenir las fugas y las condiciones para la detención. «Es importante reseñar que se incentiva el retorno voluntario como mecanismo prioritario, viable y efectivo, a través de medidas de apoyo y asesoramiento y la asistencia financiera», ha precisado.

RETORNO FORZOSO, SOLO PARA QUIENES NO COOPEREN O SE FUGUEN

   En cambio, ha señalado que «el retorno forzoso, mediante orden de expulsión, se restringe a personas en situación irregular que no cooperen, se fuguen a otro Estado Miembro, no abandonen la Unión Europea en el plazo establecido para la salida voluntaria o supongan un riesgo para la seguridad».

   En este último caso, el de las personas que supongan un riesgo para la seguridad, Marlaska ha explicado que se establecen normas específicas como el retorno forzoso y mayores plazos de internamiento y de prohibición de entrada.

   Otra cuestión importante, según ha indicado, es que la regulación del procedimiento de readmisión en el país de retorno se vincula al propio proceso de retorno; y que se crea un marco para explorar soluciones de retorno a un tercer país con el que se haya establecido un acuerdo o convenio bilateral, con una serie de «garantías y cautelas» como que estos países deben respetar las normas y principios internacionales en materia de derechos humanos y se excluyen de esta posibilidad a los menores no acompañados y familias con niños.

   Para Marlaska, se trata de una reforma «valiosa» pero también «sensible y compleja», por lo que considera que debe abordarse «de manera responsable, pormenorizada y con la mirada siempre puesta en el bien común».

   «El nuevo Reglamento y el proceso de debate que se acaba de iniciar y que se desarrollará en los próximos meses para definirlo suponen una oportunidad para afrontar los retos migratorios de manera conjunta y solidaria dentro de la Unión Europea», ha apuntado.

   Con el fin de establecer garantías suficientes para lograr un retorno sostenible y seguro, ha desglosado tres puntos: profundizar en el principio de reconocimiento mutuo de las decisiones de retorno entre los diferentes Estados; definir de manera precisa el concepto de tercer país de retorno y determinar los condicionantes de los acuerdos que deben establecerse con estos terceros países.

   Además, más allá de soluciones «innovadoras poco garantistas y cuya eficacia no ha sido probada», apuesta por la cooperación bilateral con las naciones de origen y tránsito, «imprescindible para prevenir y reducir los flujos migratorios irregulares y luchar contra el tráfico de personas». En el caso de España, según ha asegurado, han conseguido evitar en origen el 40% de las salidas irregulares.

   También ha abogado por potenciar el papel de las agencias de la Unión Europea en la cooperación con terceros países en materia migratoria. Por ello, ha recordado que han urgido en diversas ocasiones a la reforma del reglamento de Frontex en esa dirección, para que la agencia estreche lazos y actúe en los países del norte de África y de África occidental, tanto en materia de retorno como de prevención de salidas.

   Asimismo, ha propuesto promover la mejora de la financiación en prevención migratoria para los países fronterizos y ha insistido en la necesidad de lograr «una migración segura, ordenada y regular, basada en los derechos humanos».

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