La Haya, (EFE).- La Corte Internacional de Justicia (CIJ) rechazó este lunes tener jurisdicción para evaluar un caso iniciado por Sudán contra Emiratos para que este ponga fin a su presunto apoyo a las Fuerzas de Apoyo Rápido (FAR) en su “campaña genocida” contra el pueblo masalit, un grupo étnico africano no árabe en Darfur, en el oeste de Sudán, desde 2023.
En una decisión tajante y poco frecuente en este tribunal de la ONU, el presidente Yuji Iwasawa señaló que debido una reserva hecha en 2005 por Emiratos al artículo IX de la Convención sobre el Genocidio (1948), “y al no haber otra base de jurisdicción”, la Corte “claramente no tiene jurisdicción para atender la solicitud de Sudán”.
Sin jurisdicción
Ningún Estado, incluido Sudán, se opuso hace veinte años a esta reserva de Emiratos, recordó el tribunal.
El artículo en cuestión trata sobre la presentación de disputas sobre la interpretación, aplicación o cumplimiento de esta convención ante la CIJ.
“En un sistema donde la jurisdicción depende del consentimiento, mantener un caso en la lista general sabiendo que no se podrá resolver no ayuda a una buena administración de la justicia. Así que este caso será eliminado de la lista”, añadió la CJI.
Reserva hecha por Emiratos
En una audiencia pública breve, la Corte explicó que tiene jurisdicción solo en la medida en la que “las partes lo acepten” y en este caso, dijo, la reserva hecha por Emiratos “está redactada de forma clara”.
El juez también señaló que esta reserva “solo afecta a la jurisdicción de la Corte, y no a las obligaciones de fondo sobre los actos de genocidio en sí” que se podrían estar cometiendo.
En este sentido, la Corte concluyó que, como no tiene competencias, tampoco “puede decir nada sobre el fondo de las reclamaciones” de Sudán, pero advirtió de que “hay una diferencia importante entre aceptar la jurisdicción de la Corte y cumplir con el derecho internacional”, como exige la Convención.
“Aunque los Estados no acepten que la Corte tenga jurisdicción bajo el artículo IX, igualmente deben cumplir con sus obligaciones según la Convención y siguen siendo responsables por actos que violen esas obligaciones”, subrayó.
Medidas cautelares “urgentes»
La CIJ explicó que no puede seguir con la solicitud de Sudán ni aplicar las medidas cautelares que pidió para proteger los derechos «que dice tener” porque no tiene jurisdicción ni siquiera preliminar. “Así que, con todo esto, no hace falta que la Corte revise si se cumplen los otros requisitos para aplicar medidas cautelares en este caso”, señaló Iwasawa.
Sudán exigió a la CIJ en abril medidas cautelares “urgentes” contra Emiratos para que ponga fin a su “amplio apoyo financiero, político y militar” a los paramilitares de las FAR y la acusó de estar “fallando en prevenir y es cómplice” del “genocidio” presuntamente perpetrado desde 2023 contra los masalit.
Respuesta emiratí
En una primera reacción, la viceministra adjunta de Asuntos Políticos del Ministerio de emiratí de Exteriores, Reem Ketait, consideró esta decisión “una afirmación clara y contundente de que este caso no tenía ninguna base” y representa un “rechazo total al intento de las Fuerzas Armadas de Sudán de usar la Corte como herramienta en su campaña de desinformación y para desviar la atención de su propia responsabilidad”.
También defendió que Emiratos “no tiene responsabilidad en el conflicto” de Sudán, aunque la CIJ no pudo entrar a evaluar esta cuestión dado que no tiene jurisdicción.
El conflicto estalló el 15 de abril de 2023 por el desacuerdo entre el Ejército y los paramilitares respecto a la inclusión de los segundos en el poder surgido tras el golpe de Estado de 2021, que acabó con el efímero intento de democratización del país tras el derrocamiento en 2019 del dictador Omar al Bashir.
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